Es una tarifa especial que ofrece Aigües de Mataró a las personas usuarias del servicio de agua. 

La tarifa social se aplica:

Cuando la persona ha tramitado el cánon social a través de la Agència Catalana de l'Aigua.

Cuando Aigües de Mataró dispone de un informe de vulnerabilidad en vigor, a nombre de la persona titular del contrato y de la dirección de referencia.

Es responsabilidad del cliente entregar el informe de vulnerabilidad a Aigües de Mataró y gestionar su renovación, antes de su fecha de caducidad.

Aigües de Mataró dejará de aplicar la Tarifa Social si el informe de vulnerabilidad está caducado.

El informe tiene un año de validez a partir de su fecha de emisión.

 

¿Cómo se tramita?

Se puede tramitar en línea, a través de l'Agència Catalana de l'Aigua, siguiendo este enlace, o llamando al 012.

O a través de l'Ajuntament de Mataró, en línea, siguiendo este enlace, o presencialmente, con cita previa, en las oficinas del Servei de Benestar Social, en la avenida de Josep Puig i Cadafalch, 101.

 

 

Ventajas de la Tarifa Social

Con la Tarifa Social, el precio del m³ en el primer tramo pasa de 36 céntimos con tarifa doméstica normal a 10 céntimos de euro para los beneficiarios de la Tarifa Social. Esto puede llegar a suponer un descuento de 10,50€ (27%) respecto a la tarifa doméstica normal.

La Tarifa Social se aplica a la factura siempre y cuando el consumo no supere el primer tramo del Canon del Agua (18m³ en 60 días) y se puede aplicar bajo unos criterios definidos por la ACA.

 

 

Criterios para beneficiarse de la Tarifa social

Los solicitantes deben ser personas físicas titulares de un contrato doméstico de suministro de agua (sólo en la vivienda donde están empadronados) y que se encuentren en alguna de estas situaciones:

Solicitantes que formen parte de una unidad familiar con todos sus miembros en situación de desempleo.

Perceptores de una pensión mínima contributiva o SOVI por jubilación o viudedad.

Perceptores de una pensión mínima contributiva por incapacidad permanente.

Perceptores de una pensión no contributiva por jubilación, jubilación por invalidez e invalidez.

Destinatarios de los fondos de la prestación económica de la Renda Garantizada de Ciudadanía.

Perceptores de las prestaciones sociales de carácter económico para atender determinadas situaciones de necesidades básicas (Ley 13/2006, de 27 de julio).

Perceptores del fondo del régimen Fondo de Asistencia Social (FAS).

Perceptores de fondos procedentes de la Ley General de la Discapacidad (LGD).

Las personas y unidades familiares que hayan acreditado ante la entidad suministradora que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica o en situación de riesgo de exclusión residencial mediante informe de los servicios sociales de la Administración local competente.